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Análisis del Proyecto de Ley Ómnibus – Sección Energía

Por Alejandro Di Palma

El proyecto de Ley Ómnibus del Gobierno Nacional declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, y social hasta el 31 de diciembre de 2025.

Observaciones del apartado energético

1- Hidrocarburos
Las medidas del proyecto de Ley del poder ejecutivo buscan desregular y liberar la industria de los hidrocarburos. Para esto, cambia la concepción de la política hidrocarburífera, dejando atrás el objetivo de ‘’lograr el autoabastecimiento y garantizar la conservación de las reservas’’. El nuevo objetivo propuesto en esta ley será el de ‘’maximizar la renta obtenida de la explotación de los recursos y satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país’’.

Esta nueva visión economicista del nuevo objetivo podría tener coherencia con la necesidad de explotar la mayor cantidad de hidrocarburos en el tiempo que le reste a un combustible que se espera tienda a disminuir hacia 2050 por la transición energética que está sucediendo a nivel mundial.

Para lograr estas medidas se propone eliminar totalmente la regulación en el sector en cuanto al control de precios en la compra y venta de hidrocarburos. Así, se establece la libre importación de hidrocarburos y elimina autorizaciones de exportación, quitando de esta manera trabas y controles de este mercado, salvo la exportación de gas natural, que queda sujeta a la reglamentación. En este punto seguirá habiendo un control para no dejar sin gas al mercado interno durante los periodos invernales.

Un cambio muy relevante es la eliminación de las prórrogas en las concesiones de áreas, lo que podría coincidir en el fin de explotar al máximo esos recursos disminuyendo el tiempo que una empresa podría tener esa concesión (la misma estrategia que utilizo la gestión Menem), buscando además que no queden áreas sin explotar. Esto también aumentaría la competencia de las empresas para volver a ganar esas áreas una vez finalizado el plazo único de concesión que va entre los 25 y 35 años, según el tipo de producción.

La razón de esta modificación podría estar asociada a la cantidad de recursos extraordinarios que tiene la Argentina en gas y petróleo no convencional (para cientos de años de producción) y la ventana cada vez más corta de años para su explotación. De todos modos, en el articulado se deja una puerta abierta para que la autoridad de aplicación pueda aumentar o dar otros plazos de manera fundada y justificada, lo cual puede dar lugar a arbitrariedades.

En cuanto a las regalías, aquí se ve otro cambio sustancial, ya que se establece un nuevo modelo en el que los oferentes competirán por el % de regalía a pagar sobre un valor base del 15%. Sobre este valor y según el área, la autoridad de aplicación definirá que regalía se debe abonar y las empresas deberán ofertar sobre esa base. Así, quienes quieran ganar la concesión tendrán que establecer que porcentaje de regalías están dispuesto a pagar, para que la autoridad de aplicación defina a quien darle la concesión en base a este criterio económico entre otros requisitos. Es un concepto netamente de libre competencia, donde las empresas más eficientes y que tengan menores costos podrán tener una ventaja sobre las demás.

El nuevo sistema propuesto para las regalías invierte el rol que tenía la autoridad de aplicación, permitiendo proponer el porcentaje de regalía a las empresas (sobre un valor base). Aun así, la decisión de qué propuesta y monto de regalía tomar sigue en manos de la autoridad de aplicación al momento de adjudicar el área.

Se deberá analizar cuál es la respuesta de las provincias productoras de petróleo a este nuevo esquema, que puede cambiar los recursos que perciban por regalías, porque además se cambia la fórmula para el cálculo. En este sentido, la regalía se tomará sobre lo producido y efectivamente aprovechado de los hidrocarburos líquidos y gaseosos, y no de lo extraído en boca de pozo como es actualmente. Esto podría ser un beneficio para las empresas en desmedro de las arcas provinciales.

Con respecto al transporte de los hidrocarburos, se les permite a las empresas poder acceder a una autorización de transporte y procesamiento, cuando antes debían obtener una concesión de transporte.
Esto hace que se elimine la exclusividad del titular de una concesión de explotación. Por otra parte, el trámite es más simple, mediante una autorización de la autoridad de aplicación, sin plazos de devolución al Estado y permitiendo el libre acceso a terceros de la capacidad ociosa.

La ley anterior no permitía que personas jurídicas extranjeras de derecho público puedan inscribirse para ser adjudicadas de un área. Esta propuesta permitiría que empresas públicas de otros países pueden participar de las licitaciones. Además, se le quita la facultad al ejecutivo para efectuar concursos en los que solo participen empresas de capitales predominantemente argentino. También se busca quitarle preferencias a YPF como líder del sector, buscando que compita en igualdad de condiciones con las demás empresas. También las empresas provinciales perderán toda posición privilegiada, como reservas de áreas o el “carry” o acarreo exploratorio. Esta modalidad permitía que las empresas públicas titulares de un área se asocien con empresas privadas, que ponían el capital y otorgaban un porcentaje de participación a las púbicas por poner el área adjudicada.

Por último, la unificación de los Entes Reguladores, en principio implicaría un problema de gestión operativa, de dos áreas muy complejas, con realidades y marcos normativos diferentes como lo son el gas y la electricidad.

2- Biocombustibles

En cuanto a las modificaciones en la Ley de Biocombustibles, se les permite a empresas petroleras poder
producir el biocombustible para el corte, lo que generará competencia con los productores actuales.

Este punto es muy objetado por la industria de biocombustibles, por tener desventaja en la competencia con empresas más grandes y de mayor capital. Esta modificación es defendida por el gobierno por plantear que de esta manera se podría llegar con precios de combustibles más accesibles a los usuarios.

3- Transición Energética

Respecto de los gases de efecto invernadero, se prevé para que en el marco del Acuerdo de París y a los efectos de cumplir con los objetivos de emisiones netas absolutas de Gases Efectos Invernadero (GEI), la creación de un mercado de derechos de emisión de GEI, con amplia y decisiva participación de las empresas privadas, el sector público y de otros organismos. Esto implica la incorporación del sistema denominado “Cap and trade”, por el que el gobierno establece un tope en la cantidad de contaminación que las empresas pueden emitir, límite que se va reduciendo. Este sistema pondría un límite a las emisiones de gases de efecto invernadero y permitiría a las empresas comprar y vender derechos de estas emisiones, en la medida que se generen créditos por sobre cumplir el tope.

Si bien este cambio normativo está dentro del apartado energético, se entiende que debería ser para todos los sectores de la economía. Será necesario ver como se reglamentará y aplicará esta política para analizar que costos le impliquen a las empresas, pero desde el punto de vista ambiental es una muy buena señal para cumplir con los objetivos del Acuerdo de París.

ARGUMENTOS DEL GOBIERNO
En el sector energético se realiza una revisión integral de la normativa con el fin de potenciar y ordenar su desarrollo.

Los cambios persiguen los siguientes lineamientos:

(i) visión integral de todo el sector energético, no parcial ni por sectores estancos e incomunicados;

(ii) enfoque internacional, con promoción del libre comercio internacional;

(iii) consideración de los recursos naturales existentes y por desarrollar de la República Argentina
mediante crecientes inversiones;

(iv) aplicación del principio de subsidiariedad, propiciando la participación competitiva de los privados en el sector; y

(v) abordaje integral de la transición energética, reconociendo que los compromisos asumidos son
del Estado Nacional y propiciando que quienes emitan Gases de Efecto Invernadero (GEI) sean los
responsables del cumplimiento y al mismo tiempo libres de elegir cómo hacer la transición.

Hidrocarburos

El sector de hidrocarburos tiene un gran potencial para la generación de empleo, recursos y divisas en nuestro país. Las reformas propuestas buscan maximizar la explotación de los recursos del país.
En la nueva ley se establece el libre comercio internacional de hidrocarburos y se prohíbe la intervención o la fijación de precios de comercialización en el mercado interno en cualquiera de las etapas de producción.

Asimismo, se modifica el régimen de licitaciones para las áreas petroleras que pasa a ser una licitación por regalías. En vez de licitar por inversiones se licita ahora la regalía que el adjudicatario está dispuesto a pagar.

Con esa flexibilidad, se obtendrán regalías más altas en zonas más promisorias, pero más bajas en zonas más marginales.

De este modo, el Estado obtiene las rentas acordes a las distintas calidades de suelos y al mismo tiempo impulsa la expansión de la actividad petrolera en zonas marginales. Se incluye una cláusula “antiexpropiaciones” por las que si el precio de referencia (un precio internacional de energía determinado en cada licitación) se modifica sustancialmente en términos reales, las regalías se adecuan de manera acorde. Esto evita que en los momentos de bonanzas excepcionales de precios los gobiernos se vean tentados a aumentar la carga impositiva o incluso a reformular los contratos, lo cual dará más seguridad jurídica a las concesiones.

Por último, se establece un régimen de autorizaciones para el transporte y/o procesamiento de los
hidrocarburos, sin plazo ni reversión de la infraestructura al Estado Nacional o Provincial, de carácter no exclusivo, y con obligaciones de libre acceso a terceros en la capacidad remanente.

Biocombustibles

Se establece un marco regulatorio estable, eliminando la vigencia temporal hasta el 2030. Uno de los principales cambios es que se establece el libre comercio de biocombustibles, en términos de precio y aprovisionamiento. Se elimina una gran cantidad de restricciones de producción y precios que estaban vigentes y que dificultaban la producción, al tiempo que se elimina la exención para el biodiesel y el bioetanol del ICL y del ICO2.

ENRE y ENARGAS

Se unifican los Entes Reguladores del Gas y la Electricidad, para un más eficiente funcionamiento de las tareas de control y fiscalización de las empresas concesionarias y licenciatarias de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural.

Energía eléctrica

El proyecto de Ley establece el libre comercio internacional de energía eléctrica y la libre elección de proveedor de energía eléctrica a los usuarios finales. Se restablece la prioridad para la generación más eficiente en términos económicos con un despacho económico para las transacciones de energía en el
Mercado Mayorista Eléctrico (MEM) que tomen en cuenta el costo marginal horario del sistema y el costo que represente para la comunidad la energía no suministrada. Se moderniza el Consejo Federal de la Energía Eléctrica de modo de constituirlo como organismo asesor de consulta no vinculante de la SE a los fines del desarrollo de la infraestructura eléctrica. Por último, se brindará una mayor claridad en la exposición de los diferentes conceptos que conforman la factura al usuario final.
Fondos fiduciarios del sector energético.

Es necesario impulsar una mayor eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos que los integran y en el control al momento de su implementación y aplicación. Por ello, se dispone la creación, modificación, transformación y/o eliminación de los fondos fiduciarios del sector energético creados por norma con rango legal, inclusive los destinados a subsidios, revisando procedencia y destino de los mismos.

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