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Apoderado para gestionar en nombre de Colonia Avellaneda condenado por la justicia provincial

Ricardo Santiago Vivanco fue designado como apoderado del Municipio de Colonia Avellaneda para gestionar  en favor del municipio.

“Quiero agradecerte enormemente amigo Ariel Weiss por la confianza depositada en mí para poder gestionar para toda la comunidad, es un placer formar parte de semejante equipo que día a día trabaja por y para los habitantes de la ciudad, ahí nos encontraremos unidos para seguir llevando soluciones para todos”, publicó en redes sociales.

El joven acordó en un juicio abreviado, una condena de dos años de ejecución condicional por haber engañado al Estado provincial. Además, debe devolver una suma superior al medio millón de pesos. Los detalles de la maniobra.

Vivanco fue condenado en la Justicia por haber engañado al Estado y está cumpliendo la pena que le impuso el 27 de octubre de 2020, el vocal del Tribunal de Juicios y Apelacciones de Paraná, Gervasio Pablo Labriola.

El magistrado condenó a Vivanco como “autor material y responsable de los delitos de uso de documento falso (primer hecho) y fraude a la Administración Pública (segundo hecho)”, y le impuso la penal de 2 años de prisión de ejecución condicional.

Además, en un procedimiento de juicio abreviado, homologó el acuerdo por el cual Vivanco asumió la responsabilidad de devolverle a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia la suma de más de medio millón de pesos por una pensión que cobró de forma indebida.

Es que Vivanco había logrado engañar al Estado, en particular a las autoridades de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, que luego lo denunció penalmente, en dos circunstancias, valiéndose de documentación apócrifa, indicó.

Beneficio obtenido

En la imputación por la cual Vivanco fue llevado a juicio se planteó que “previo al 01/08/2017, fecha en que se celebró el convenio de pasantía en prácticas complementarias a la formación académica por una duración de 12 meses (desde el 01/08/2017 al 31/08/2018) entre el ciudadano Ricardo Santiago Vivanco Rios y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, por el monto de $ 4.830 mensuales, haber presentado un certificado de alumno regular de la carrera abogacía de la Universidad Católica Argentina, Facultad de Derecho Teresa de Ávila falso, a los fines de cumplimentar los requisitos solicitados para su inscripción, siendo suspendida la pasantía en fecha 21/09/2017 mediante Resolución Nº 3922 de la Caja de Jubilaciones”.

Además, que “desde fecha 31/03/2011 hasta fecha 31/03/2015 el ciudadano Ricardo Santiago Vivanco Ríos, resultó beneficiario de pensión por hijo estudiante -conforme art. 47 de Ley Nº 8732-, utilizando para ello un certificado de alumno regular de la carrera abogacía de la Universidad Católica Argentina, Facultad de Derecho Teresa de Ávila falso, a los fines de cumplimentar los requisitos solicitados por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, pensión que le fuera otorgada mediante resolución Nº 1475/11 CJPER de fecha 27/05/2011 y por el monto total de $ 586.324, generando de esta manera un perjuicio al erario público”.

No era alumno

Ese hecho fue denunciado ante el Ministerio Público Fiscal por el extitular de la Caja de Jubilaciones, Daniel Elías, el 27 de septiembre de 2017. En esa denuncia se agregó un informe del área Alumnado de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, firmada por el decano, Martín Acevedo Miño, en el que se aclaró que Vivanco “no es ni ha sido alumno de esa institución educativa, concluyendo que cualquier documentación que afirme lo contrario es apócrifa y hace penalmente responsable a quien la esgrima a cualquier efecto”.

Con ese documento de alumno regular falso, Vivanco no sólo logró que la Caja lo incorporara como pasante rentado, sino que además le otorgara una pensión por hijo estudiante. Así, dice la sentencia firmada por el juez Labriola, “el organismo previsional dispuso a través de la Resolución N° 1475/11 de fecha 27/05/2011 concederle el beneficio de Pensión por hijo estudiante hasta el 22/12/2014, previo Dictamen de Asesoría Legal N° 1416/11 de fecha 24/05/2011 que tuvo por cumplimentado los requisitos legales exigidos para la procedencia del beneficio interesado y aconsejó que el mismo sea concedido al imputado”.

Sentencia

“En conclusión, el período liquidado se extiende desde el 31/03/2011 al 31/03/2015 y el importe total acreditado por dicho periodo asciende a la suma de $586.324,00, lo que da cuenta de la efectiva concreción del perjuicio al erario público provincial provocado por el ardid idóneo desplegado por el imputado con la finalidad de lograr el desprendimiento patrimonial perjudicial y la correlativa percepción indebida del monto total acumulado durante casi cuatro años”, plantea la sentencia.

“En definitiva -agrega-, la contundencia de la evidencia cargosa colectada y acordada por las partes, me permite tener por acreditado con grado de certeza tanto la materialidad como la autoría responsable de Vivanco Ríos en los hechos que conforman la atribución delictiva”.

El fallo añade: “Es así que se ha acreditado el uso del documento falso por parte de Vivanco Ríos, quien presentó un certificado de alumno regular de la Universidad Católica Argentina Facultad de Derecho Teresa de Ávila, y que el mismo tuvo la consecuencia de causar afectar del bien jurídico protegido, o sea la fiabilidad objetiva del tráfico jurídico. Dado que dicha falsedad motivó la designación de Vivanco Ríos como pasante de la Caja de Jubilaciones en fecha 01/08/2017, que en dicho período como contraprestación al cobro mensual prestó funciones Vivanco Ríos como pasante y poco tiempo después -en fecha 21/09/2017- de advertir dicha falsedad, la Caja suspendió la pasantía”.

“En efecto, el accionar desplegado por el imputado tuvo la entidad y aptitud suficiente e idónea como para generar el riesgo típico que prevé la norma y realizar dicho riesgo en el resultado lesivo, pues con la presentación del documento privado apócrifo Vivanco Ríos logró vulnerar la veracidad de la declaración documentada en la dimensión de la fe o confianza del público en la atribución de una declaración a una determinada persona. Por lo demás, la materialidad del documento falso confeccionado y utilizado por el imputado cuenta con la idoneidad necesaria para hacer aparecer, en cuanto imitación, como verdadero el documento falso”, señaló Labriola en su sentencia.

Pensión

Pero además, el falso estudiante “logró engañar a las autoridades de la Caja de Jubilaciones que le concedieron -teniendo en cuenta el documento apócrifo presentado- el beneficio de pensión por hijo mayor de dieciocho años estudiante, derivado del fallecimiento de quien fuera su progenitor Ricardo Oscar Vivanco, (…) cuya percepción y goce ilegítimo subsistió hasta el 31/03/2015, habiendo cobrado durante ese período el monto total acumulado de $ 586.324,00 generando Vivanco Ríos de esta manera un desprendimiento patrimonial -y el correspondiente perjuicio económico al erario público- equivalente al importe indebidamente percibido a lo largo de casi cuatro años en tal concepto”.

Ese monto, de igual modo, lo devolvió a la Caja, acto que fue refrendado por la Fiscalía de Estado, parte en el abreviado.

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