El Gobierno nacional oficializó este lunes la prolongación hasta el 20 de septiembre del distanciamiento y asilamiento. Además, autorizó las reuniones al aire libre y el acompañamiento a enfermos.
El Decreto 714/2020, publicado este lunes en el Boletín Oficial, establece una nueva extensión de la cuarentena flexibilizada y definió que Paraná, Colonia Avellaneda, Oro Verde, San Benito y Gualeguaychú se encuentran bajo aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).
Se aguarda para las próximas horas el anuncio del gobierno provincial y los municipios comprendidos para definir qué actividades quedarán habilitadas, aunque la norma nacional establece diversos rubros que quedan expresamente prohibidos. Ocurre que “en los partidos y departamentos de hasta 500 mil habitantes, los Gobernadores están autorizados a disponer nuevas excepciones o a limitar aún más la circulación de acuerdo a la situación epidemiológica particular del lugar”.
Además, en esta definición quedaron el Área Metropolitana de Buenos Aires, conformada por la Ciudad y 35 partidos bonaerenses. Además, otro departamento de la Provincia de Buenos Aires fue incluido en el listado: General Pueyrredón, con Mar del Plata como ciudad más importante.
Manuel Belgrano, Ledesma, El Carmen, Palpalá y San Pedro, en Jujuy; General José de San Martín y Orán, en Salta; Capital y Chamical, en La Rioja; las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca, en Río Negro; Río Gallegos, en Santa Cruz; y Río Grande y Tolhuin, en Tierra del Fuego.
El aislamiento alcanza “exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las provincias argentinas que no cumplan positivamente los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos”.
En todas ellas se registra algún grado de “tensión” en el sistema de salud provincial. Los signos más preocupantes llegan desde General Roca, donde el sistema está “colapsado”, y desde Jujuy, donde la situación es “crítica”.
Además, el departamento de Caucete, en San Juan, y Capital y Banda, en Santiago del Estero, también quedaron bajo el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
El resto del país se encuentra, en principio, en el régimen de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO).
Reuniones sociales
El artículo 26 introduce el permiso para la celebración de “reuniones sociales de hasta de 10 personas”, siempre que se realicen “en espacios públicos o de acceso público al aire libre”.
De todas maneras, el decreto recuerda que las autoridades provinciales y locales reglamentarán esta autorización. La Provincia de Buenos Aires ya adelantó que no le dará luz verde en los partidos del AMBA, mientras que la Ciudad solo las permitirá en parques y plazas.
En cualquier caso, el Gobierno nacional establece que los asistentes a estas reuniones sociales deben cumplir con la distancia mínima de dos metros, el uso de tapabocas y con los protocolos.
Acompañamiento de pacientes
Por último, en el artículo 27 llega la otra novedad. “Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento”, indica el decreto.
Estos encuentros deberán seguir “un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante”. Además, se les requerirá a los acompañantes el “consentimiento previo, libre e informado.