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viernes, marzo 29, 2024
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Diferentes tipos de votos que pueden emitirse y documentos válidos para votar

Los votos que emitan los ciudadanos el próximo domingo en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) se pueden se afirmativos o en blanco, ambos considerados admitidos por la ley.

Según el Código Nacional Electoral, los tipos de votos válidos son “los afirmativos”, que son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.

También es considerado legítimo el voto en blanco, que es cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco solo para dicha categoría.

En tanto, el voto recurrido es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. En ese caso, el fiscal deberá fundamentar en el formulario especial de voto recurrido con “expresión concreta de la causa”.

Con respecto al voto nulo, se trata de aquel que se emite con una boleta no oficializada, o cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños.

También se considera nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos, o cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo.

Otro de los tipos de impugnación es cuando hay un “voto de identidad impugnada”, que es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad; es decir, que no es el titular del documento cívico que presenta.

La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.

Cuáles son los documentos habilitados para votar el domingo en las PASO

La Cámara Nacional Electoral (CNE) recordó que todos los formatos de documentos son válidos para votar en las primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO) que se disputarán el domingo en todo el país, con la salvedad de que el ciudadano no podrá sufragar si presenta su DNI a través del celular o si lleva una versión anterior al documento que figura en el padrón electoral.

Libreta cívica, libreta de enrolamiento, DNI libreta verde, DNI libreta celeste; DNI tarjeta; y DNI tarjeta de la libreta celesta con la leyenda “no válido para votar” son documentos válidos para que el ciudadano presente el domingo en el establecimiento de votación.

La CNE aclaró que el ciudadano debe presentarse con el último ejemplar que tramitó y que el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.

En esta oportunidad, también se remarcó que “es válido para votar” el DNI tarjeta otorgado junto a la libreta celeste con la leyenda “no válido para votar”.

Asimismo, se informó que “el DNI en tu celular”, a través de la aplicación Mi Argentina, no es válido para votar, por lo que no se permitirá que se exhiba el documento nacional de identidad mediante el dispositivo de telefonía móvil.

En tanto, se precisó que no podrán votar los ciudadanos que no presenten documento habilitante, los que no figuren en el padrón de la mesa, los que figuren anulados por la Justicia Nacional Electoral, aunque aleguen error, y los que presenten un documento anterior al que figura en el padrón.

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