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El femicidio de Fátima Acevedo

Es hora de innovar en el Poder Judicial en el tratamiento de la violencia de género. Opinión por Dra. Maria de los Ängeles Petit (MP 7366)

El caso Fátima Acevedo desnudó públicamente lo que los abogados, jueces y fiscales conocen de su práctica de todos los días: la ineficiente y a veces nula comunicación y unidad de criterios entre los Juzgados de Familia y el Ministerio Publico Fiscal.

Cada uno en el marco de sus competencias, con respuestas limitadas jurídicamente y sin presupuesto, las denuncias por violencia de género, en el proceso judicial, se analizan en expedientes separados, como si la victima pudiera desdoblarse entre dos procedimientos.

El nuevo Código Procesal de Familia de la Provincia de Entre Ríos determina entre sus competencias la relacionadas con la violencia familiar y contra la mujer en el ámbito doméstico.

Su accionar comprende una primera instancia de análisis por el equipo técnico interdisciplinario y las medidas de exclusión del agresor, instalación de botón antipánico a la víctima, resguardo en la Casa de la Mujer si fuere necesario y tratamiento psicológico para ambas partes.

A partir de esa resolución, es el Estado, el que debe intervenir a través de sus servicios de salud mental, hogares para mujeres víctimas y sus hijos y en algunos casos, con el de la Municipalidad de Concordia, la instalación de la herramienta de alerta y control.

No existe por parte de la Justicia un seguimiento posterior salvo el que a través de informes le acercan los organismos estatales. No posee recursos ni humanos ni económicos para ello.

Por su parte, el Ministerio Publico Fiscal actúa independientemente ante la denuncia concreta de un hecho que a prima facie, encuadra en el delito penal.

No debemos caer en el facilismo de decir quien actúa bien o mal, que herramientas posee o no, con criterio y cómo las utiliza.

Los hechos, como el femicidio de Fátima, deben servirnos para analizar y pensar y repensar si los procedimientos actuales sirven o no, para enfrentar este flagelo que asesina a una mujer por día en la Argentina.

Existen quienes se aferran a las viejas o actuales prácticas, asistiendo y cumpliendo a rajatablas con las competencias otorgadas a cada uno.

Existen quienes piensan y lo declaman y atacan la presencia del Estado como contralor del actual policial y judicial en casos de violencia de genero. Control y seguimiento que se realiza a través de la instalación y el monitoreo del sistema de botón antipanico por personal de los gobiernos locales.

Existen los que creen que el botón antipanico o el sistema dual solo deben ser instalados por el tiempo establecido por el oficio judicial (180 días comúnmente con prorroga excepcional por 180 días más) y luego debe ser dado de baja en el sistema.

Existen los que piensan que la víctima de violencia de género es una víctima potencial toda su vida y que el sistema de monitoreo debe continuar durante todo el tiempo en que la mujer sienta que esa herramienta puede servirle para sentirse más segura y contenida.

Muchas, el día 181 son asesinadas.

Existen los que creen que la violencia de género, es un tema policial y judicial, sin participación del estado local.

Existen quienes piensan que el problema es de todos.

Pero en el medio de esas disputas, las mujeres siguen muriendo.

¿Entonces, porque no innovar?

¿Porque no empezar a buscar alternativas que nos permitan brindar un mejor y más eficiente sistema de justicia y donde el Estado asuma un rol de control, seguimiento y atención de las víctimas?

Existimos quienes pensamos que el sistema hoy como está, ya no funciona.

Que deberíamos diseñar una Unidad Judicial Especial para el tratamiento de delitos sexuales y violencia de genero.
No una Unidad Fiscal Especializada.

No una Unidad de Justicia Familiar

Crear una Unida que reúna, en un solo expediente, en un solo equipo interdisciplinario, la vida de una víctima, con medidas concretas, rápidas, eficientes, dejando de lado la burocracia judicial interna de competencias.

¿Hay que modificar el Código Procesal de Familia en materia de violencia contra la mujer?

¿Hay que modificar las competencias del Ministerio Publico Fiscal en materia de violencia de género?

SI, y no es una utopía. Si existen y se conjugan la voluntad política y las ganas de dar una verdadera batalla contra este flagelo social, todo se puede. Solo se trata de normas, aunque muchos pretendan atarlas a formaciones culturales de algunos sectores.

Llego el momento del debate profundo.

O debatimos, o muchas mujeres pueden convertirse en Fátima.

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