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jueves, mayo 2, 2024
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El Gobierno unificó en $731 los dólares Qatar, solidario y tarjeta

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentó las percepciones para la compra de dólares tanto para ahorro personal como para los gastos realizados con tarjetas en el exterior, a través de la Resolución General 5430/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Tanto para la compra de divisas para atesoramiento (con cupo de US$ 200 mensuales) a través del denominado dólar “ahorro” o “solidario” como para los gastos de bienes y servicios con tarjetas de débito y crédito en el extranjero (los llamados “dólar tarjeta” y “dólar Qatar”), se deberá abonar el Impuesto PAÍS (30% sobre el valor de cambio oficial), y percepciones de 45% por el Impuesto a las Ganancias y de 25% a cuenta de Bienes Personales.

La modificación regirá para las operaciones realizadas desde el día de hoy.

La decisión gubernamental busca “sostener el impulso redistributivo de la política fiscal” y, en ese sentido, por “razones de administración tributaria y de equidad” se tomó la decisión de unificar los tres tipos de cambio, indican los considerandos.

De esta forma, al tipo de cambio oficial de $ 365,50, se le deberá sumar $109,65 en concepto del Impuesto PAÍS, $ 164,48 de adelanto de Ganancias y $ 91,38 de Bienes Personales, dando como resultado un tipo de cambio de $ 731, es decir, un recargo del 100% sobre el valor oficial.

Hasta ayer, los tipos de cambio para atesoramiento personal (“ahorro”) como el de gastos en el exterior de hasta US$ 299 (“tarjeta”) cotizaban a $ 639,63, pues se le sumaba al valor oficial un 30% de Impuesto PAÍS y un 45% de percepción de Ganancias, sin el pago de Bienes Personales.

Mientras tanto, para los gastos en el exterior superiores a US$ 300 (“dólar Qatar”), se le sumaba al tipo de cambio oficial un 30% de Impuesto PAÍS, 45% de Ganancias y 5% de Bienes Personales, dando como resultado un valor de $ 657,90.
Siete claves para entender la decisión del gobierno de unificar tipos de cambio
El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, detalló cuáles son las siete claves para entender la decisión del Gobierno de unificar el dólar “Ahorro”, “Turista” y “Qatar” en un valor de $ 731:
1. ¿En qué casos se va a aplicar la percepción del 25%?
En compra de Dólar Ahorro:
— Pagos con pesos de los consumos de las tarjetas de crédito, de compra y de débito realizados en moneda extranjera sin importar el monto mensual.
— Pagos con pesos de servicios en el exterior contratados por agencias de viajes y turismo del país.
— Pagos con pesos de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática con destino fuera del país, excepto el caso de transporte terrestre de pasajeros a países limítrofes.
— Pago con pesos de importación de determinados productos suntuarios.
2. ¿Cuál es el nuevo valor de este “Dólar Elecciones I”?
Es de aproximadamente $ 731,01, desglosado de la siguiente manera:
— Dólar Oficial: $365,50.
— Percepción 30% Impuesto PAIS: $109,65.
— Percepción 45%: $164,48.
— Percepción 25%: $91,38.
— Total: $731,01.
3. ¿Me van a aplicar la percepción del 25% sobre los consumos con tarjeta de crédito que realicé hasta el día de ayer y voy a pagar cuando venza el resumen de la tarjeta?
“Si bien técnicamente la percepción se debe practicar al momento del pago, en las diferentes modificaciones que se han establecido a los regímenes de percepción, la AFIP ha instruido a los Bancos a aplicar las modificaciones para los consumos que se realicen desde la publicación de la norma, independientemente de la fecha de pago”, advirtió Domínguez.
Y explicó que la Resolución General AFIP indica que la percepción del 25% resultará de aplicación para las operaciones efectuadas desde este martes.
Por ejemplo, si se realizó un pago con tarjeta de crédito ayer, lunes 9 de octubre, se aplicaría el régimen anterior: 5% de percepción si el consumo por mes por sujeto es de US$300 o más o 0% si no se supera ese parámetro. No se aplicaría la nueva percepción del 25%.
4. ¿Por qué se elimina el monto de consumos de US$300 mensuales por mes por sujeto para aplicar la percepción adicional?
En la práctica, era muy común fraccionar los consumos con diferentes tarjetas de crédito y/o débito de diferentes bancos, e incluso del mismo banco, para evitar llegar al monto mensual de los US$300 por sujeto.
En consecuencia, ante la imposibilidad del sistema financiero de acumular los consumos por sujeto por mes, la percepción no se practicaba.
“Entendemos que ese es uno de los motivos por los cuales se ha eliminado el monto de los US$300”, consideró el tributarista.
Otra razón es que el dólar que se paga por consumos con tarjeta quedó muy por debajo del dólar MEP y del blue.
5. ¿Aumenta el valor de los servicios de streaming o las Apps?
Sí, en todos los casos donde se paguen en pesos consumos en moneda extranjera, se aplicará la percepción del 25%.
6. ¿La percepción del 25% es siempre a cuenta de Bienes Personales?
La percepción del 25% es a cuenta de Bienes Personales en el caso de personas humanas y sucesiones indivisas.
En el caso de los restantes sujetos (ejemplo: una sociedad anónima), la percepción del 25% es a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
7. Soy una persona humana no contribuyente de Bienes Personales y me hacen la percepción. ¿Cómo la recupero?
Se puede solicitar la devolución por el Régimen de Devolución de Percepciones previsto en la Resolución General 4815 de la AFIP.

“El problema es que vas a tener a poder hacerlo a partir de enero del año siguiente al que te la practicaron”, indicó Domínguez.

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