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jueves, marzo 28, 2024
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Establecieron la nueva fórmula de actualización de las cuotas de prepagas

El Gobierno determinó este jueves, a través del Boletín Oficial, un cambio en la forma en la que se actualizan las cuotas de las medicina prepaga, que tendrá en cuenta la evolución salarial.

A partir de febrero, y por 18 meses, el incremento de las cuotas tendrá como tope máximo el 90% de la evolución salarial, medida a través del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado. Se mantendrá, al mismo tiempo, el Índice de Costos de Salud y así, el nuevo cambio actuará solo como límite.

Según se especifica, esta modalidad de aumento alcanza a los “contratos individuales de adhesión voluntaria” que hayan firmado las personas afiliadas, “incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de Obras Sociales”.

La medida se aplicará respecto de aquellos que posean “ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles”.

La medida se estableció en el decreto 743 firmado por Alberto Fernández. Allí, se hace mención que la nueva actualización busca que las empresas de medicina puedan “afrontar los mayores costos de los insumos y recursos”. Al mismo tiempo, se trata de una medida para intentar desalentar “la inercia inflacionaria”. El salario y las paritarias del sector son un factor que se considera.

Según informó el Gobierno, hay seis millones de usuarios de servicios de medicina prepaga. Sin embargo, no se trata de un universo homogéneo. Más de 1.900.000 se encuentran alcanzadas por planes corporativos de las personas empleadoras.

En tanto, alrededor de 1.600.000 de beneficiarios acceden estos servicios “a partir de contratos de adhesión” o, en tanto, optaron por “derivar aportes obligatorios a entidades que suscriben convenios” y cubren con sus propios ingresos “las diferencias resultantes”.

La medida, busca, según se establece, “la protección de los usuarios, las usuarias y los consumidores y las consumidoras, los trabajadores y las trabajadoras del sector, los costos de las entidades y las variables inflacionarias”.

A su vez, se precisa que, desde enero, las empresas deben mantener sus planes sin copagos en condiciones idénticas a las actuales y se fija que, en el caso de aquellos planes con copagos, “sobre las prestaciones de primer y segundo nivel”, tienen que ofrecer valores “a un precio de, como mínimo, un 25 % menor al plan sin copagos”.

Aumentos
El Ministerio de Salud oficializó, a través de la resolución 2577 que las prepagas podrán aumentar sus cuotas, según la nueva fórmula, a partir de febrero. La medida autoriza los aumentos según el Índice de Costos de Salud, y con el tope de la evolución salarial, según el RIPTE.

El Índice de Costos de Salud contempla “la evolución de los rubros de recursos humanos, medicamentos, insumos médicos, otros insumos y gastos generales que resulten significativos” para las empresas del sector.

El Ministerio de Salud había autorizado, mediante la resolución N° 867 “incrementos bimestrales en el valor de las cuotas de las entidades de Medicina Prepaga” según esos criterios. Había dispuesto que los incrementos se calcularan al último día de los meses de junio, agosto y octubre de 2022.

En ese sentido, al 30 de junio de 2022 el índice de mención ascendió a 11.34%, al 31 de agosto de 2022 ascendió a 11.53% y al 31 de octubre de 2022 ascendió a 13.80%. No obstante, las críticas de Cristina Kirchner generaron ruido interno y obligaron al Gobierno a considerar el desdoblamiento de ese aumento.

En efecto, el Gobierno formalizó también este jueves el desdoblamiento del aumento de los valores que cobran las empresas de medicina prepaga de 13,8 %. A través de la resolución 2578, firmada por la ministra Carla Vizzotti. Se trata de dos aumentos autorizados de 6,9%, uno en diciembre y otro en enero.

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