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viernes, abril 26, 2024
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Giano propone capacitar ciudadanos para los juicios por jurados

El senador por Concordia y presidente del Bloque de Senadores justicialistas, Ángel Giano, presentó un proyecto de ley para la creación del programa “Ser Jurado” que será coordinado por el Consejo General de Educación.


Reportaje a Angel Giano, Presidente del Bloque de Senadores de Entre Ríos

En la iniciativa, el Senador, que asumirá su banca de Diputado Provincial el 10 de Diciembre, propone para la Provincia de Entre Ríos el programa “SER JURADO” que tendrá la función de formar y capacitar a la ciudadanía en general y a los alumnos/as de los últimos años del secundario en particular, sobre qué significa ser jurado y cuál es el rol que le compete a cada uno de ellos.

En diálogo con “Palabras Cruzadas” de Radio de la Plaza de Paraná, el legislador concordiense sostuvo que “esto significa poner en práctica un programa de difusión ciudadana, que brinde información en forma permanente sobre los distintos aspectos de ser jurado, quiénes pueden serlo, cuáles son las obligaciones y derechos y cuál es la dinámica del proceso en el que participarán” explicó el senador y consideró que “ésta es una herramienta de participación ciudadana no sólo en sentido de intervenir en las decisiones judiciales sino también en la contribución al conocimiento de la ciudadanía sobre el funcionamiento de las instituciones democráticas”.

La formación cívica para el ejercicio de la tarea de ser jurado, es el objetivo de la norma, agregó.

Un dato anecdótico sobre la iniciativa es que fue presentada y tratada siendo Giano Senador por el Departamento Concordia y el mismo legislador podrá defender la norma en análisis siendo Diputado desde el 10 de diciembre próximo.

EL TEXTO DE LA NORMA IMPULSADA POR GIANO

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA DE L E Y :

ARTÍCULO 1°.- Créase en la Provincia de Entre Ríos el programa “SER JURADO” que tendrá la función de formar y capacitar a la ciudadanía en general y a los alumnos/as de los últimos años del secundario en particular, sobre qué significa ser jurado y cuál es el rol que le compete a cada uno de ellos.

ARTÍCULO 2º.- El programa tendrá como objetivo central, consolidar el sistema de enjuiciamientos con la participación de jurados populares en la provincia de Entre Ríos. Serán objetivos específicos:

1. Conocer la experiencia de las personas que han intervenido como jurados populares en juicios penales.

2. Recibir con información elemental sobre los principales aspectos jurídicos que garanticen la participación ciudadana

3. Debatir a nivel de los tres poderes del estado la ampliación del juicio por jurados a todos los casos criminales.

4. Identificar los desafíos para las estructuras administrativas de la ampliación de competencia del juicio por jurados.

5. Establecer fortalezas y debilidades de la extensión de competencia del juicio por jurados desde la óptica de los actores judiciales.

6. Difundir los aspectos centrales de la participación de la ciudadanía en la justicia y la lógica de ejecución de un juicio por jurados.

Artículo 3º.- El programa será implementado por el Consejo General de Educación, en coordinación con los organismos que el Poder Ejecutivo disponga.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, etcétera.

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