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La Rosca: Los casilleros de la paridad, el desafío de la política comarcal


Charla en el segmento La Rosca entre Luz Alcaín y Sergio Fischer
La Ley Nº 10.012, de 2011, reglamentó, de manera aberrante, el artículo 17 de la Constitución provincial que dispuso la Equidad de Género.

Los legisladores de entonces aprobaron esta ley que interpretó que la equidad de la que hablaba la Carta Magna era igual a 25% de las bancas.

Además, no contempló que ante el surgimiento de vacantes pudiera elevarse ese porcentaje en favor de la igualdad.

Pero el cupo se transformó en paridad. La ley 10844, sancionada a fines del 2020, determina que tanto para cargos ejecutivos como legislativos se deben observar la integración equitativa de género de acuerdo a lo que establezca el documento de identidad o la autopercepción bajo el amparo de la ley de género nacional.

La norma establece en su artículo séptimo que “La lista de precandidatos/as y candidatos/as a senadores/as provinciales se integrará por un candidato/a titular y un suplente de distinto género al titular, siendo indistinto el orden en cuanto a género se refiere, debiendo cumplir con el mecanismo de alternancia y secuencialidad entre géneros”.

Del mismo modo, obliga a la integración de los cargos ejecutivos electivos en forma indistinta pero respetando la pluralidad de género.

El artículo 3 del texto sancionado entiende por paridad de género “la representación igualitaria de varones y mujeres en un cincuenta por ciento (50%) para cada género en la conformación de listas electorales, y en la composición de estructuras orgánicas o de cargos y ternas o nóminas de designación”.

Del diálogo mantenido entre la periodista de Página Política, Luz Alcaín y el conductor del envío radial Palabras Cruzadas de Radio de la Plaza de Paraná, en el que se enmarca el ciclo La Rosca, surgieron interrogantes sobre la futura composición de las listas y la forma en la que esta condiciona los acuerdos entre sectores internos en la puja por los lugares de privilegio.

Alcain señaló que “la norma opera en todos los ámbitos institucionales de la provincia y que deberán presentarse binomios mixtos en 2023”.

Más adelante, apuntó que la nómina de candidatas de las expresiones mayoritarias de la provincia no abunda por lo que, asegura, toda mujer que tenga alguna visibilidad tiene chances ciertas de integrar las listas para conformar las propuestas electorales en miras al 2023.

Tanto Luz Alcain como el conductor radial, Sergio Fischer, coincidieron en la necesidad de no caer en elecciones por cercanía o parentesco.

“A partir de ahora, todo deberá reestructurarse” señaló la comunicadora y “la dirigencia política deberá interpretar este nuevo escenario”, aportó el conductor del envío radial.

Mujeres, varones y auto percibidos tendrán igualdad de condiciones en el marco de la equidad de género impuesta por la ley, el único ámbito donde la discrecionalidad puede ganarle a lo normativo es en la composición de la cámara de Senadores.

Para Alcain, las listas estarán compuestas en su mayoría por varones con mujeres ocupando la suplencia del cargo.

En Entre Ríos se contempla la elección de un senador departamental (17 departamentos) que integra la cámara alta provincial.

Hasta conocerse el número final de los datos censales 2022, la cámara de diputados seguirá integrada por 35 miembros. 18 por la mayoría (cómo mínimo) y el resto repartidos por sistema D´hont.

Los casilleros femeninos a llenar son el gran desafío de la política comarcal caracterizada por el conservadurismo patriarcal.

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