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miércoles, abril 24, 2024
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Negocio Chino

*Por Ingeniero Alejandro Di Palma

Estamos haciendo una oferta cuando la incertidumbre global está en su apogeo.

El propio FMI advierte que sus proyecciones son apenas tentativas.

No se sabe cuándo termina la pandemia, cuando la gente podría volver a trabajar y a consumir sin miedo a enfermarse, como será la recuperación de la producción, cuanto costara reconstruir la economía y como cambiarán los hábitos de consumo de la gente.

Localmente agregamos: 1-una recesión que lleva ya varios años, 2-la pretensión de dolarización de todos los agentes económicos que aumenta conforme su importancia dentro de las distintas cadenas de valor, 3- como única solución coyuntural el gobierno esta emitiendo moneda de una forma pocas veces vista para hacer frente a gastos tanto propios como ajenos, 4- la única meta es evitar daños mayores, 5- el único límite del Estado hoy pasa por advertir “no encontrar la billetera” postergando unos minutos los quebrantos.

“En estas circunstancias ninguna proyección es creíble. Las promesas de pago tampoco lo son”
Entonces, más allá del frenesí por la gestión inmediata que quizás se explique como una reacción al nerviosismo de las bases representadas y ante el desastre que están experimentando los flujos de dinero de nuestros comercios, nos vemos obligados a advertir la necesidad de un plan, una táctica que garantice, aunque mas no sea, la prolongación del tiempo de existencia de nuestras empresas.

Podemos asegurar que hoy ante este evento, que la existencia de la mayoría de nuestros comercios depende de las negociaciones y/o recomendaciones que nuestros representantes sectoriales lleven adelante o comuniquen. Por ende, es menester señalar errores para su inmediata corrección.

En este sentido, el Gobierno a través del decreto 311/2020 otorga a las PYMES (entre otros varios actores) un plazo de 180 días para desentenderse de servicios como el Gas y Energía Eléctrica, plazo que resulta describir palmariamente la gravedad de la situación económica por la que atraviesa el sector PYME, más aún incluyó a nuestro sector en el conjunto de beneficios otorgados reconociendo el claro hecho de que ha sido un sector francamente impactado por este drama. Estos beneficios entiendo que resultan funcionales a fin de concentrarse en “OTROS problemas” que bien pueden ser resumidos o caracterizados como intentar “mantener la fuente de trabajo abierta”, sostener la existencia comercial, parecería ser hoy, la única meta.

Así mismo esta claro que el corte abrupto de la actividad económica, aniquiló los flujos de ingresos de todos los actores económicos, violentando por “motivos de fuerza mayor” casi la totalidad de los contratos comerciales, por ende, es previsible que la recomposición de estos vínculos comerciales que eran reglados por estos contratos violentados, sean Redefinidos por el Estado en orden a ensayar un inicio de cualquier actividad económica relevante.

Entonces con el amparo de regulaciones sensatas como la referida (decreto 311/2020), que persigue defendernos en nuestra calidad de dadores de trabajo y que impide cortes por 180 días, cabe preguntarse cual es el motivo que persigue una negociación sumaria para cancelar esas facturas, cual es el apremio que tenía el sector para solicitar reiterada en insistentemente abrir una negociación con una Distribuidora de Gas (Litoral Gas SA) cuando todo indica que estaríamos totalmente desinteresados de la cancelación de las facturas durante un periodo de hasta 180 días.

Mas aun, no parece insensato suponer que la matriz que se utilizaría para la recomposición de los contratos violentados por motivos de fuerza mayor, podría resultar de regulaciones legales que eviten abusos de parte de los poderosos de las cadenas de valor. Refiriéndome como abusos, por ejemplo, a los intereses por mora que casualmente en el caso que nos ocupa, resultan haber sido pactados con criterios comerciales que esta emergencia simplemente los convierte en improcedentes.

También es indispensable comprender que el periodo que se nos propone cancelar a través de ese aventurado plan de pagos (40% contado, 30 y 60 días con 50% de intereses por mora pactados anteriormente que prefieren ser invisibilizados *) está compuesto SOLO por 10 días de cuarentena (desde e 20/03) y que la próxima factura, como mínimo, contendría casi la totalidad de días de idéntica cuarentena, lo que como fue planteado en el inicio de la nota, convierte en una aventura sin “fundamentos creíbles” a cualquier suposición de flujo de ingresos.

Entonces resulta relevante preguntarnos (sin abrir ningún juicio moral), como es que nuestros representantes, empresarios exitosos, que han podido llevar a buen puerto negociaciones en el ámbito privado de sus negocios, a la hora de negociar para el sector, parecerían vacilar o quizás rendirse a la firma de contratos que luego resultan lapidarios para la generalidad.

No hay espacio para mas Negocios Chinos, necesitamos urgentemente un plan.

*- la tasa de interés pactada que proponen es equivalente al 150% de la tasa activa nominal anual de cartera general a 30 días del Banco de la Nación Argentina (hoy el 66,5% TNA)

– los conceptos del prólogo son extracción del artículo “Usar el Coronavirus como un recurso hubiera servido para evitar el default” El cronista 17/04/2020

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