16 C
Paraná
viernes, abril 19, 2024
HomePolíticaPolémica por las modificaciones al aborto no punible en el Código Penal

Polémica por las modificaciones al aborto no punible en el Código Penal

El anteproyecto de reforma del Código Penal ingresado este lunes al Congreso introduce modificaciones a la legislación vigente desde 1921 que encendieron la alarma en el movimiento de mujeres. Desde el oficialismo sostienen que se mantienen las causales actuales de aborto no punible y lo definen como “una redacción superadora” que recepta la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el caso F.A.L., cuando el embarazo provenga de un abuso sexual (se reemplaza la referencia a la “violación o de un atentado al pudor cometido sobre mujer idiota o demente”, por “abuso sexual”, siguiendo la terminología actual). Queda incluido cualquier embarazo producto de un abuso sexual.

El texto mantiene el aborto no punible cuando sea con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. Con respecto a la sanción impuesta a la mujer que causare su propio aborto o consintiere que otro se lo causare, el proyecto despierta polémica ya que establece la posibilidad de que el juez disponga que la pena de prisión –que podrá ser de 1 a 3 años–  se deje en suspenso o que la exima de ella, teniendo en cuenta los motivos que la impulsaron a cometer el hecho y su naturaleza, su actitud posterior y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad. Ese punto es cuestionado ya que deja abierta la posibilidad a la interpretación del magistrado, cuando muchas de las críticas del feminismo argentino se centran en el componente machista arraigado en el poder judicial.

Otro de los puntos cuestionados es el que tipifica el aborto imprudente –con excepción de aquel causado por la mujer embarazada, que no será punible–, las lesiones ocasionadas a la persona por nacer, así como también los tratamientos médicos no consentidos y la violencia obstetricia. Lo cual habilita la persecución judicial a la que podrían ser sometidos algunos profesionales de la salud a la vez que le otorga status jurídico al feto. Estas modificaciones son entendidas como un retroceso en el camino emprendido por la Campaña Nacional por el Derechos al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que en el mes de abril presentará un nuevo proyecto.

“Consideramos que aleja aún más las posibilidades de modificar la legislación para desincriminalizar a la mujer y a los profesionales intervinientes en los casos de IVE en las primeras semanas de gestación, e incluso agrava las posibilidades de injerencia en la privacidad de la mujer y la expone a mayores obstáculos para acceder a ejercer sus derechos sexuales y reproductivos en un marco de respeto, seguridad, confidencialidad, libertad e igualdad”, advirtió en declaraciones a Página 12, la abogada María Elena Barbagelata, de la Asociación de Abogados de Buenos Aires (AABA), ex diputada socialista y la única mujer que formó parte de la comisión convocada durante el kichnerismo para reformar el CP, cuya propuesta nunca llegó a discutirse.

En octubre, la AABA junto con otras ONGs como Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), CELS, Católicas por el Derecho a Decidir, Mujeres en Igualdad, Cedem, Cladem y la Alianza por los Derechos Humanos de las Mujeres, presentó una petición al ministro Garavano para que se modificara la redacción propuesta en el anteproyecto en relación a los delitos de aborto (doloso) y de las nuevas figuras que incorpora como el aborto culposo y lesión a la persona por nacer (dolosa y culposa). Ninguna de las sugerencias fue tomada en cuenta, de acuerdo con el texto que trascendió en las últimas horas.

NOTICIAS RELACIONADAS