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Proponen el Régimen de Promoción para Emprendedores Jóvenes y para MiPyMEs

Diputadas y diputados del Bloque Frente Justicialista CREER Entre Ríos impulsan la modificación de la Ley Provincial 10.394, con el objetivo de que incluya a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) como beneficiarias de financiamiento y programas de desarrollo.

El presidente de la Cámara de Diputados, Angel Giano, junto con todo el Bloque Frente Justicialista CREER Entre Ríos, presentó un proyecto que busca actualizar la Ley Provincial 10.394 que crea el Régimen de Promoción para el Emprendedurismo Joven Entrerriano para, entre otras modificaciones, incluir a las MiPyMEs dentro de la línea de apoyo estatal para fomentar el desarrollo económico sostenible en Entre Ríos.

El proyecto modifica y añade al Artículo 2 de la Ley vigente como objetivos:

-Fortalecer el entramado de emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas en la provincia de Entre Ríos, su sostenimiento y escalabilidad.

-Promover la diversificación y la innovación productiva a través de la recepción, evaluación y financiamiento de proyectos productivos de carácter agropecuario, industrial, servicios asociados a dichos sectores, proyectos turísticos y los ligados a la economía del conocimiento.

-Favorecer el mejoramiento de las condiciones de los emprendedores, emprendedoras y MiPyMEs entrerrianos.

-Favorecer las instancias de articulación, generación de vínculos y desarrollo de proyectos conjuntos entre emprendedores y MiPyMEs, favoreciendo la integración horizontal y vertical de las cadenas de valor provinciales.

Por otro lado, la iniciativa propone que la Secretaría de Desarrollo Económico y Emprendedor, dependiente del Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico de Entre Ríos, o el organismo que a futuro la reemplace, sea la nueva autoridad de aplicación de la Ley.

Además, el proyecto oficialista modificaría la denominación del Fondo Especial para el Desarrollo del Emprendedurismo Joven Entrerriano para también incluir también a las MiPyMEs como beneficiarias de la política estatal, como así también en todos los planes, programas y las líneas de trabajo contempladas por la normativa.

En el texto presentado se propone las modificaciones en torno a tres factores básicos:

1) incorporación de las MiPyMEs como universo inmediato y referencia de la acción emprendedora.

2) actualización y clarificación de la pluralidad sectorial en que se orienta la demanda por parte de emprendedores y MiPyMEs, siempre dinámica y expresión además de los rasgos generales más destacados de la actividad económica provincial.

3) un renovado énfasis en las necesidades de articulación actoral, tanto desde lo público como desde lo privado, para la generación de redes de acción común pero también para la generación de proyecto de inversión y desarrollo común entre las unidades de diverso tamaño del entramado emprendedor y MiPyME de Entre Ríos.

Fundamentos

El proyecto de Ley presentado, el cual propone como nueva denominación el Régimen de Promoción para el Emprendedurismo Joven Entrerriano y para MiPyMEs, sienta sus bases en el establecimiento de políticas públicas y líneas de acción específicas para la promoción de la actividad productiva provincial en sus diferentes niveles.

“A dos años de contracción del Producto Bruto Interno (PBI) como fueron 2018 y 2019 y al incremento insostenible de las tasas de financiación, se suma en el actual contexto el resentimiento de los indicadores de la actividad económica en el marco de la pandemia mundial por el COVID-19, y los necesarios impactos que el aislamiento social, preventivo y obligatorio para la prevención del contagio del mismo han tenido sobre las variables de consumo y producción”, se expresa en el texto.

Asimismo, las y los diputados firmantes destacan a las y los emprendedores y a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas como piezas primordiales para el entramado productivo, “ya que aportan a la creación de empleo, contribuyen al crecimiento económico y a una distribución más equitativa del ingreso”.

El mejoramiento del Régimen vigente que se propone se sustenta además en la Constitución Provincial (Art. 67 inciso b, 68 y 73), como así también en la Ley Provincial 10.093 de Ministerios y en las funciones de la Secretaría de Desarrollo Económico y Emprendedor (Decreto N° 320/20 MP).

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