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jueves, abril 25, 2024
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Qué actividades siguen prohibidas en Paraná

A través del Decreto provincial Nº 1406, el gobernador Gustavo Bordet autorizó la vuelta de gimnasios, actividades gastronómicas y algunas culturales en las ciudades del área metropolitana Paraná y en Gualeguaychú, a partir de este lunes 14 de septiembre.

Para Paraná, Oro Verde, Colonia Avellaneda, San Benito, y Gualeguaychú, se habilitarán bares y restaurantes, gimnasios y algunas manifestaciones culturales como bibliotecas, museos, archivos y galerías de exposición y venta de artes.

Adicionalmente, sólo en Gualeguaychú, que lleva una semana más de aislamiento que las otras ciudades, también se podrán realizar algunas actividades deportivas individuales, sin contacto físico, en su modalidad no competitiva.

Salidas recreativas, reuniones familiares y sociales, prohibidas
Cabe recordar que las cinco localidades están dentro de la fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) incluidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 714/20 emitido por el gobierno nacional, el cual tiene vigencia hasta el 20 de septiembre.

En ese sentido, desde la Municipalidad de Paraná, confirmaron que las salidas recreativas no están habilitadas en la ciudad, ya que no fueron autorizadas por la provincia en este Decreto.

Por otra parte, tampoco están permitidas las reuniones sociales y familiares, ya que entre las múltiples causas de la propagación del virus en nuestro país, el decreto presidencial, al que adhiere la provincia, sostiene que “un número importante y creciente de brotes se origina a partir de la transmisión en eventos sociales”, en los que “la interacción entre las personas suele ser más prolongada y con mayor cercanía física”.

Otras prohibiciones

También el decreto nacional, para la etapa de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, al que adhiere nuestra provincia, prohíbe:

-El dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.

-Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 23.

-Turismo.

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