En la oportunidad dio lectura a la resolución de los amparos presentados oportunamente por la Municipalidad contra los gremios y un grupo de vecinos contra el municipio.
El juez Alejandro Cánepa, resolvió declarar abstracta la acción de amparo promovida por la Municipalidad de Paraná -C Nº 14.268 – “Municipalidad de Paraná C/ C/SUOYEM, ATE Y APS”- con el objeto de que levanten las medidas de fuerza que llevaban a cabo los gremios y se recolecte los residuos en la ciudad.
La medida de Cánepa se fundó en que la Secretaría de Trabajo decretó el dictado de la conciliación obligatoria la que las partes accionadas accedieron a acatar y los gremios levantaron las medidas de fuerza.
En relación al amparo presentado por vecinos contra la Municipalidad de Paraná, para que cumpla con el servicio de recolección de la basura, C Nº N° 14.253 – “Glauser Alicia y Otros C/ Municipalidad de Paraná S/Acción de Ejecución” – el magistrado resolvió hacer lugar a la misma; y en consecuencia, ordenarle a la Municipalidad la inmediata ejecución de los deberes emanados de la Ordenanza N° 9364, art. 8 pto. 12, para lo cual dispuso: ” Homologar el compromiso asumido entre la Municipalidad de Paraná y el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos en la audiencia celebrada el pasado 11/11/2019, por el cual se acuerda la realización de un plan de trabajo conjunto para la limpieza de la ciudad y recolección de los residuos existentes en veredas, calles y contenedores”.
Asimismo estableció que “entre hoy y el viernes, la Municipalidad de Paraná deberá confeccionar informes diarios sobre el trabajo realizado, comprendiendo: personal involucrado por día y por unidad municipal; turnos trabajados (horarios); vehículos utilizados de propiedad municipal (refiriéndolos por N° de identificación) por día y por unidad municipal; vehículos utilizados de propiedad de Vialidad Provincial (identificándolos con matrícula) por día y por unidad municipal; recorridos realizados y barrios intervenidos; los que serán entregados diariamente al Tribunal y al domicilio constituido de los actores, para su seguimiento y control.
Por otra parte, se intimó a la Municipalidad de Paraná a que en 24 hs. designe ante el Tribunal una persona responsable de la organización, ejecución y control de las actividades, lo cual será comunicado también a los actores en su domicilio constituido; y elabore un programa de prestación del servicio para los próximos 20 días.
Cánepa estableció también que “en el interés de garantizar se prevea de una dotación o servicio mínimo para la prestación del servicio en cuestión para el caso de reeditarse medidas gremiales de idéntico tenor las vividas la semana anterior una vez finalizada la etapa o plazo de conciliación, se inste a la Secretaría de Trabajo de la Provincia a que solicite, de oficio, al Ministerio de Trabajo de la Nación, la declaración del servicio de recolección de residuos como servicio esencial, en los términos de la Ley N° 25.877.
“Los empleados trabajan desde el sábado y lo están haciendo de manera organizada con las herramientas que tienen”
En este proceso que se lleva adelante en el Poder Judicial hubo dos acciones, por un lado la de los vecinos y por el otro, una acción de amparo desde la municipalidad hacia los gremios que realizaron las medidas de fuerza.
Marcelo Franco, uno de los abogados del Suoyem, mencionó que “en el marco de las medidas adoptadas por los gremios y el amparo hacia los mismos, la cuestión se declaró abstracta, porque en la primera audiencia se dictó la conciliación obligatoria. En estos momentos estamos en el marco de esa instancia en sede administrativa”.
“Como lo está viendo la comunidad, los trabajadores desde el sábado empezaron a trabajar y lo están haciendo de manera organizada con las herramientas que tienen. Es un reclamo de los gremios también la falta de algunos elementos”, recordó.
De la misma manera, el abogado Juan Pablo Filipucci destacó que “en su momento hicimos el planteo de que la causa era abstracta, que era una causa netamente administrativa que debía resolverse en el ámbito laboral, que se trata de un conflicto gremial, una retención. En el primer escrito ya contestamos que la Secretaría de Trabajo tenía que hacer uso de sus atribuciones y dictar la conciliación obligatoria que estaba siendo omitida. Cuando nos cita el juez advertimos que se dicta la conciliación obligatoria y el juez declara la causa, abstracta”.
“Se presentaron 41 vecinos que están nucleados dentro de la Asamblea Vecinalista”
Desde la Asamblea Ciudadana Vecinalista, César Cesáreo, contó, tras la lectura de la sentencia de Cánepa, que “en esa sentencia el magistrado fija pautas para que la municipalidad termine de recolectar los residuos que han quedado en la ciudad, sino que también normalice el servicio”.
“Hasta el 15 de noviembre se homologa el acuerdo entre provincia y municipio para utilizar 20 camiones de la provincia. Después del 15, el municipio tendrá que designar un funcionario que va a estar encargado de realizar un programa donde periódicamente deberá informar al juez y a los actores los lugares que recorren, identificación de maquinaria, de personal y demás”, relató respecto de la medida judicial.
Aclaró que “se presentaron 41 vecinos que están nucleados dentro de esta asociación. La Asociación no se presentó porque no tiene personería jurídica”.